Será este viernes cuando los pescadores regresen a los ríos campurrianos. La veda de pesca se abrirá también en el pantano del Ebro, aunque en este caso será el domingo, 3 de abril. El periodo hábil se cerrará el 31 de julio. Las especies que pueden ser objeto de pesca son: trucha arco-iris, trucha común, barbo, carpa y black-bass.
Cupos de captura
La talla mínima para la pesca de la trucha común será de 19 centímetros y el cupo establecido es de seis ejemplares por pescador y día. Conseguido el cupo queda prohibido el ejercicio de la pesca durante ese día, incluida la modalidad de captura y suelta. En la práctica de la pesca con muerte queda prohibida la devolución de ejemplares de talla legal al objeto de no alcanzar el cupo de capturas y continuar la acción de pesca.
Excepciones a las fechas de apertura y cierre de la pesca de la trucha
Se retrasará la apertura para la pesca de la trucha hasta el 3 de abril en el embalse del Ebro y, hasta el 15 de mayo en el pantano de Alsa y todos sus afluentes y el cierre se establece el 15 de septiembre, autorizando el empleo de dos cañas, siempre que ambas se hallen al alcance de la mano. También se retrasa la apertura hasta el 15 de mayo en el río Híjar desde el Puente de Celada de los Calderones hasta la Central de Zamuñón, incluidos todos los afluentes de este tramo.
La fechas de cierre se adelanta al 30 de junio en los siguientes cursos fluviales: Río Ebro, desde su desembocadura en el embalse del Ebro hasta el puente del Campo Colorao, en Reinosa. Del 16 de junio al 31 de julio este tramo tendrá la consideración de tramo libre de pesca sin muerte. El cierre se retrasará hasta el 30 de septiembre en el embalse del Ebro y río Ebro aguas abajo de éste. A partir del 1 de agosto únicamente se permite la pesca de trucha en la modalidad sin muerte.
Cebos y prohibiciones
Queda prohibida la utilización de pez vivo o muerto, toda clase de huevos de peces, larvas de mosca de la carne (Sarcophaga spp.), pulga de mar (Talitrus saltator), larvas de efemerópteros y plecópteros (gusarapines y gusarapas), bingo (pez con armazón de plomo con anzuelos y cebos artificiales en cualquiera de las modalidades o montaje que imiten larvas, ninfas, moscas o streamers y que al mismo tiempo empleen plomada de fondo o boya lastrada posterior al cebo, plomada o lastre colocado sobre el hilo del aparejo con varias moscas o plomada o lastre en derivación.
En la pesca con cebo natural sólo se permite el uso de un anzuelo sencillo de tamaño igual o superior a 4,5 mm de altura medida desde la base hasta el arponcillo y de 5 mm de anchura de base.
Para la pesca de la trucha se prohíbe el empleo de cucharillas de tamaño superior a 7 cm de longitud total y pala superior a 4 cm.
Cangrejo señal
El periodo hábil para la pesca del cangrejo señal se abrirá del 1 de julio al 15 de octubre, ambos inclusive. Únicamente se autoriza el empleo de reteles de un diámetro máximo de 42 cm, con un máximo de seis reteles por pescador y situados todos ellos en un tramo no superior a los 100 metros de longitud.
Todos los reteles que se utilicen deberán ir correctamente identificados con una tarjeta o placa en la que figuren de manera indeleble el nombre, apellidos y D.N.I. del pescador que los esté utilizando. El manejo de los reteles corresponde exclusivamente al titular de la licencia de pesca, quién a su vez mantendrá sus capturas separadas de las de otros pescadores, con el fin de evitar la expansión y proliferación del mejillón cebra a las aguas continentales de Cantabria.
Para el cangrejo señal no se establece cupo de captura por pescador, prohibiéndose la devolución al agua de los ejemplares capturados, sea cual sea su talla. Todos los ejemplares capturados deberán ser sacrificados antes de abandonar el tramo de pesca, prohibiéndose en todo caso su transporte en vivo.
Las excepciones para la pesca del cangrejo señal, son el adelanto de apertura al 5 de junio en el embalse del Ebro y el retraso hasta el 1 de agosto en los cotos de Bárcena de Ebro y Polientes.