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Actualidad | Campoo

Nace la Mancomunidad de Municipios Alto Ebro para mejorar los servicios sociales de siete ayuntamientos

Nace la Mancomunidad de Municipios Alto Ebro para mejorar los servicios sociales de siete ayuntamientos

Los alcaldes de Campoo de Enmedio, La Hermandad de Campoo de Suso, Campoo de Yuso, Las Rozas de Valdearroyo, San Miguel de Aguayo, Santiurde de Reinosa y Pesquera han formalizado hoy su adhesión a esta nueva entidad que estará presidida por Eduardo Ortiz hasta las elecciones

Los alcaldes de los ayuntamientos de Campoo de Enmedio, La Hermandad de Campoo de Suso, Campoo de Yuso, Las Rozas de Valdearroyo, San Miguel de Aguayo, Santiurde de Reinosa y Pesquera, se han reunido este miércoles, 14 de diciembre, en las dependencias municipales del consistorio de Campoo de Enmedio en Matamorosa, para formalizar su adhesión a la recién creada Mancomunidad de Municipios Alto Ebro.

El salón de plenos ha acogido el acto en el que los regidores municipales han rubricado la creación de esta entidad, para la que se ha nombrado como presidente al alcalde de Campoo de Yuso, Eduardo Ortiz, por un periodo de 6 meses (hasta las elecciones municipales), y posteriormente y conforme a los estatutos, el cargo se ostentará por un periodo de cuatro años, coincidente con el tiempo en el que el presidente sea alcalde de su municipio.

El objetivo fundamental, según explicó a Vive Campoo su recién elegido presidente tras su toma de posesión, consiste en "trabajar conjuntamente para ofrecer unos mejores servicios sociales", ya que como explicó, antes tenían que cambiar de sede cada dos años. Una situación que además los hacía "deficitarios y no se podía optar a posibles subvenciones que permitan mejorar los servicios para los vecinos".

Objetivos de la Mancomunidad

La nueva Mancomunidad de Municipios Alto Ebro, integrada por siete ayuntamientos, tendrá por objeto, tal como recogen sus estatutos, promover, desarrollar y ejecutar directamente, o en colaboración con otras Administraciones Públicas, toda clase de actividades y servicios destinados a la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, así como al ejercicio de las competencias y a la prestación de los servicios que correspondan a los municipios en materia de violencia de género, de promoción de la igualdad de oportunidades y de servicios sociales, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes promulgadas sobre la materia por la Comunidad Autónoma de Cantabria en el ejercicio de sus competencias o hayan de ejercer en virtud de las previsiones contenidas en la legislación sobre Administración Local de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Asimismo, contempla la prestación de cualquier servicio propio del ámbito de los servicios sociales, de competencia de la Comunidad Autónoma o del Estado que fueran delegadas. A tal objeto, procederá a la contratación de personal, medios y servicios que puedan ser utilizados por la Mancomunidad para la prestación de dichos servicios. No obstante, la Mancomunidad podrá, en el futuro, asumir otras finalidades, debiendo modificar los Estatutos.

Puestos de trabajo

Para desarrollar sus funciones, la Mancomunidad contará el puesto de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad, reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como también está prevista la contratación de 3 trabajadores sociales y 1 auxiliar administrativo, que será seleccionado conforme a lo establecido en el Título IV del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, mediante los sistemas de oposición, concurso y concurso-oposición, respetando en todo caso los principios constituciones de publicidad, mérito y capacidad.

Hasta tanto se provean las plazas convocadas, éstas podrán cubrirse interinamente o con personal laboral de carácter temporal, según sus funciones, por las personas que, respetando los principios señalados en el párrafo anterior, sean oportunamente seleccionadas.

Las plazas vacantes deberán sacarse a oferta de empleo en el primer trimestre de cada año.