La Dirección General de Montes y Biodiversidad, dependiente de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, ha publicado una nueva resolución que regula las prohibiciones, suspensiones y medidas preventivas aplicables en Cantabria cuando existan condiciones meteorológicas que eleven el riesgo de incendios forestales a niveles muy altos o extremos.
La resolución establece que, cuando la AEMET declare un nivel de peligro muy alto o extremo, quedarán prohibidas o suspendidas actividades susceptibles de provocar incendios, entre ellas el encendido de fuego en espacios abiertos, la realización de quemas, el uso de fuego en áreas recreativas y zonas de acampada, la utilización de material pirotécnico y el abandono de objetos en combustión.
Asimismo, se regula específicamente el uso de maquinaria y equipos que puedan generar chispas, deflagraciones o descargas eléctricas, como sopletes, equipos de soldadura o radiales, cuya utilización quedará prohibida con carácter general durante estos episodios de riesgo elevado.
Excepciones justificadas y medidas de seguridad
La norma contempla excepciones para actuaciones de emergencia, reparaciones urgentes de infraestructuras esenciales, así como determinados trabajos agrícolas, ganaderos, forestales o vinculados a servicios públicos, siempre que se adopten estrictas medidas preventivas y que las condiciones meteorológicas lo permitan.
En todos estos casos será obligatorio mantener la maquinaria en correcto estado de conservación, disponer de medios de extinción adecuados, contar con personal suficiente para actuar ante cualquier conato e interrumpir los trabajos si aumentan las condiciones de riesgo.
Además, las personas físicas o jurídicas que necesiten realizar actividades afectadas por las restricciones podrán solicitar una autorización excepcional a la Dirección General de Montes y Biodiversidad, que resolverá cada caso atendiendo al peligro existente y a las medidas de seguridad propuestas.
La resolución refuerza también las funciones de vigilancia y control de los Agentes del Medio Natural, que podrán ordenar la paralización inmediata de cualquier actividad cuando aprecien un riesgo no admisible de incendio forestal o consideren insuficientes las medidas preventivas adoptadas.
Igualmente, se prevé la posibilidad de establecer medidas extraordinarias adicionales cuando concurran circunstancias meteorológicas especialmente adversas o se active el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales de Cantabria (INFOCANT).
El nivel de peligro de incendio forestal puede consultarse diariamente a través de la página web de la AEMET, referencia oficial utilizada para la aplicación de estas medidas preventivas.
Con esta resolución, el Gobierno de Cantabria busca la protección de los montes y espacios naturales de la comunidad autónoma, apostando por una prevención más eficaz y adaptada en tiempo real a las condiciones meteorológicas que influyen en el riesgo de incendios forestales.












