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Cultura | Cantabria

El Gobierno de Cantabria protege la Ciudad Romana de Julióbriga con la declaración de Zona Arqueológica

Zuloaga: "Desde el Gobierno de Cantabria trabajamos para garantizar la conservación del patrimonio arqueológico, en este caso una de las joyas de Cantabria, y con medidas como la que hoy aprobamos damos un nuevo paso en este sentido"

El Gobierno de Cantabria ha aprobado este jueves la delimitación del entorno de protección y la determinación de nueva denominación y clasificación como Zona Arqueológica del Bien de Interés Cultural Ciudad Romana de Julióbriga.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el vicepresidente de Cantabria, Pablo Zuloaga, ha apuntado que, entre otras cuestiones, con esta medida "pasará a ser obligatoria la autorización de la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Cultura, para poder llevar a cabo cualquier remoción de tierras en la zona".

De esa forma, apuntó Zuloaga, "también solventamos una situación heredada de la Ley de Patrimonio Histórico del Estado, que hacía que la ciudad romana no contase con la protección adecuada".

Asimismo, el vicepresidente y consejero de Cultura, aseguró que "como no puede ser otra manera, desde el Gobierno de Cantabria trabajamos para garantizar la conservación del patrimonio arqueológico, en este caso una de las joyas de Cantabria, y con medidas como la que hoy aprobamos damos un nuevo paso en este sentido".

Pasos previos a su declaración como Zona Arqueológica

Teniendo en cuenta que tanto la Ley de Patrimonio Histórico Español como la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria se refieren a la metodología arqueológica como una singularidad propia del estudio de los bienes de las zonas arqueológicas; y los estudios y las memorias de investigación de las intervenciones arqueológicas realizadas a lo largo de los años en diversas áreas y lugares del pueblo de Retortillo, apuntan desde el Gobierno regional, se ha considerado que procede otorgar a la Ciudad Romana de Julióbriga la figura de protección de Zona Arqueológica.

El Consejo de Gobierno de Cantabria declaró la Ciudad Romana de Julióbriga, en Retortillo (Campoo de Enmedio) Monumento Histórico - Artístico, mediante Decreto 20/1985, de 14 de marzo. En virtud de la Ley de Patrimonio Histórico Español (LPHE) y de la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria pasó a tener la consideración y a denominarse Bienes de Interés Cultural.

El referido Decreto de declaración no describía el Bien ni definía, de forma precisa, las partes afectadas por la misma, ni precisaba sus límites. Tampoco se delimitaba un entorno de protección del Bien, requisitos todos ello exigidos por el artículo 11 de la Ley de Patrimonio Histórico Español y por el artículo 18 de la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Ley sobre Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico, estableció una categoría única de "monumento histórico-artístico" para la protección de todos los bienes de lo que en la actualidad conocemos como Patrimonio Cultural, por lo que todos los bienes protegidos con anterioridad a la aprobación de la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985 ostentan dicha calificación, como sucede con la Ciudad Romana de Julióbriga.

La Ley de 13 de mayo de 1933 fue derogada por la Ley de Patrimonio Histórico Español, que en el artículo 15 clasifica los Bienes Inmuebles integrados en el Patrimonio Histórico Español como Monumento, Jardín Histórico, Conjunto Histórico, Sitio Histórico y Zona Arqueológica.

De similar forma, el artículo 49 de la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria define la tipología (y subtipología) de los Bienes Inmuebles que forman parte del Patrimonio Cultural de Cantabria pudiendo ser declarados: Monumento, Conjunto Histórico, Lugar Cultural, Zona Arqueológica y Lugar Natural.