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Actualidad | Cantabria

Ganadería y Desarrollo Rural destina 69.000 euros a centros de recogida de animales de compañía abandonados

El fin de la orden es cumplimiento de las obligaciones existentes en materia de higiene y bienestar animal

El Boletín Oficial de Cantabria publicó el jueves 7 de marzo el extracto de la orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación por la que se convocan, a través de la Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural, ayudas para centros de recogida de animales de compañía abandonados para el 2019 con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones existentes en materia de higiene y bienestar animal para que, una vez realizadas las mejoras, el recinto cumpla con la normativa para ser inscrito como núcleo zoológico.

La financiación del gasto de estas ayudas se realizará con cargo a las disponibilidades de las aplicaciones presupuestarias de la Ley de Presupuestos Generales de Cantabria para el año 2019 con un importe total de 69.000 euros.

Los beneficiarios de las mismas serán las asociaciones de protección de animales legalmente constituidas y sin ánimo de lucro, que tengan formalizado un convenio o acuerdo de colaboración con las entidades locales para la recogida de animales de compañía abandonados.

Serán subvencionables las inversiones en bienes inmuebles, excepto la compra de tierras, y se incluyen la adaptación o ampliación de las instalaciones existentes, la adquisición de maquinaria auxiliar, material y equipamiento para la gestión y manejo de los animales, y los gastos en alimentación, identificación, tratamientos sanitarios, vacunaciones, u otras medidas profilácticas.

La Consejería podrá financiar hasta el 100 por cien de la inversión aprobada y realizada, con una cuantía máxima de ayuda de 9.000 euros por subvención y del 50% del gasto realizado, con una cuantía máxima de ayuda de 200 euros por animal de la especie canina y de 75 euros por animal felino.

Las solicitudes se dirigirán al consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación y se presentarán en el registro de la Consejería (calle Albert Einstein, nº 2, Santander), en las oficinas comarcales o en cualquier otro registro permitido por la actual normativa.