Todos sabemos que tenemos que pasar la ITV a nuestro vehículo pero, ¿es obligatorio llevar puesta la pegatina que acredita que tenemos pasada la ITV?
Ya hemos hablado sobre la diferencia de precios al pasar la ITV entre comunidades autónomas pero, una vez que hemos pasado la ITV a nuestro vehículo, ¿tenemos que exhibir obligatoriamente la pegatina que lo demuestra o podemos, simplemente, por ejemplo, guardarla en la guantera del coche? La respuesta la encontramos en el artículo 14 del Real Decreto 2042/1994 de 14 de octubre.
Este artículo, en el que viene regulada la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), dictamina la obligatoriedad de llevar el adhesivo que demuestra que la ITV ha sido pasada: "Todos los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica deberán llevar el distintivo indicado". De hecho, esta obligatoriedad también aparece en el Reglamento General de Vehículos, que en su Anexo III señala la obligatoriedad de exhibir esta acreditación en el parabrisas. Del mismo modo, señala que el conductor también deberá disponer del último informe de inspección y enseñárselo a los agentes de tráfico siempre que estos lo requieran.
¿Y si se rompe mi pegatina de la ITV?
Imaginemos que se rompe la luna del coche y, con ella, la pegatina de la ITV. Ese hecho no nos exime de la obligación de tener puesta la pegatina de la ITV una vez hayamos reparado la luna, por lo que tendremos que ir a un servicio de Inspección Técnica de Vehículos y solicitar una nueva. Podemos conseguir que nos salga más económico si acudimos a la misma estación donde realizamos la última ITV, ya que es más que probable que nos faciliten otro adhesivo o que nos den una solución alternativa.