La Consejería de Educación ha garantizado hoy que el transporte escolar funcionará "con normalidad" desde el inicio del curso escolar, que arranca el próximo 9 de septiembre en Educación Infantil y Primaria y el 11 en Secundaria y Formación Profesional, al tiempo que ha defendido que el pliego de cláusulas administrativas está pensado para garantizar "el mejor servicio posible" a los estudiantes y a sus familias, porque el transporte desde y hasta los centros escolares es un servicio "esencial".
El departamento que dirige Marina Lombó se ha pronunciado así tras conocerse ayer, martes, que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) ha acordado suspender, de forma provisional, el proceso de contratación del servicio de transporte escolar para el curso 2019-2020. Una decisión adoptada en respuesta al recurso planteado por la Federación Cántabra del Taxi a la licitación y el pliego de cláusulas del contrato del servicio de transporte.
Según ha explicado el director general de Centros Educativos, Jesús Oria, departamento del que depende el transporte escolar, es "bastante habitual" que alguna de las partes implicadas recurra el concurso. La diferencia este año, ha continuado, es que, al licitarse de forma simultánea todas las rutas de transporte escolar, 467 en total, el contrato se convierte en lo que se denomina contrato armonizado, susceptible de recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC).
Sobre este aspecto, ha destacado además que el Tribunal ha suspendido el proceso de adjudicación, pero permite expresamente que los trámites sigan su curso, por lo que la Consejería "seguirá trabajando" con normalidad. En estos momentos, sigue abierto el plazo de presentación de ofertas, que concluirá el próximo día 26 de agosto.
Solvencia y número de plazas
Sobre los argumentos esgrimidos por la Federación del Taxi, el informe remitido al TACRC por la Consejería fundamenta cada una de las decisiones adoptadas por la Consejería. Así, sobre el requisito de solvencia técnica que exige que los licitadores han de disponer de, al menos, un número de vehículos con la capacidad y características exigidas igual o superior al 50 por ciento de los lotes a los que liciten, el informe de la Consejería explica que los horarios de los centros, muy similares, hace que un vehículo pueda hacer como máximo uno o dos recorridos (uno de colegio y otro de instituto). Una previsión, además, que afecta tanto a taxis o a autobuses.
Así, se recoge textualmente: "Un vehículo puede compaginar un máximo de tres entradas y dos salidas, con lo que no podría compatibilizar, en ningún caso, tres entradas y tres salidas, siendo necesarios, en consecuencia, al menos dos vehículos para poder realizar tres lotes".
Además, el pliego abre la puerta a solventar esta dificultad, al permitir la integración de la solvencia con medios externos. En este punto, Oria explica que no supone "ningún tipo de discriminación", sino una previsión pensada para el "correcto funcionamiento del servicio". "Sin esta precaución, un licitador podría presentarse a todos los lotes, aún a sabiendas de que de no tiene capacidad para ejecutar los contratos si resulta adjudicatario y decidir después cuál ejecuta", ha argumentado Oria, para quien esta situación "atentaría gravemente contra el interés general".
Por otra parte, en cuanto a la exigencia de que algunas rutas ofertadas en las que, pese a que el número de escolares es menor a nueve se exigen vehículos de nueve o más plazas, la razón, explica Oria, es "lógica". "En todas esas rutas, 7 del total, se transportarán alumnos con movilidad reducida, lo que supone automáticamente una reducción en la práctica del número de plazas", sostiene.
Así, ha explicado el director general, una silla de ruedas homologada ocupa más espacio que una plaza ordinaria, y hace necesario, además, un espacio adecuado para facilitar la accesibilidad y el anclaje. Y ha puesto como ejemplo un vehículo de nueve plazas que habitualmente dispone de una plaza para personas con movilidad reducida o, excepcionalmente, dos.
En estos casos, las plazas disponibles quedan reducidas a seis o menos, y, teniendo en cuenta que dos quedan reservadas para el conductor y el monitor que siempre se desplaza con alumnos con este tipo de necesidades y que los menores de 14 años y de alturas inferiores a 1,35 metros han de ir, obligatoriamente, en los asientos traseros, en realidad el número de plazas para alumnos sin discapacidad motórica se reduce a un máximo de tres.
Con todo, el director general ha asegurado que el "objetivo último" de la Consejería de Educación es que una "pieza esencial" del sistema educativo como es el transporte funcione "lo mejor posible y posibilite a los escolares cántabros desplazamientos ágiles y cómodos vivan donde vivan".