El Boletín Oficial de Cantabria recoge este viernes la orden de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, que entrará en vigor el próximo lunes, por la que se aprueba el reglamento de la Denominación de Origen Protegida Miel de Camoo-Los Valles y de su Consejo Regulador.
El reglamento tiene carácter transitorio, una vez que la solicitud de registro ha sido transmitida a la Comisión Europea, mientras que la constitución del Consejo Regulador es provisional.
A propuesta del sector, el mismo estará presidido por Carlos Valcuende y será vicepresidente Javier de Celis, siendo este último también vocal del sector productor junto con Javier García. Los vocales del sector elaborador son Manuel Barquín y José Ramón Díez. Por parte de la directora de la Oficina de Calidad Alimentaria se designará un vocal en representación de dicho organismo y al secretario del Consejo.
La vigencia del Consejo Regulador será provisional hasta que se produzca el correspondiente proceso electoral mediante convocatoria que de la Consejera de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural.
El control de la Denominación de Origen Protegida queda encomendado al Organismo Autónomo Oficina de Calidad Alimentaria.
Con la Denominación de Origen Miel de Campoo-Los Valles, quedan protegidas las mieles tradicionalmente designadas bajo esta denominación geográfica que reúnan las características definidas en el reglamento y cumplan los requisitos exigidos por el mismo y la legislación. La protección se extiende al nombre de Denominación de Origen y al nombre geográfico de Campoo Los Valles, prohibiendo otros nombres que puedan inducir a confundirlos.
La zona de producción de la mieles es la localizada en la comarca de Campoo-Los Valles, integrada por los municipios de Campoo de Enmedio, Campoo de Yuso, Hermandad de Campoo de Suso, Las Rozas de Valdearroyo, Pesquera, Reinosa, Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Valdeolea, Valdeprado del Río y Valderredible.
El Consejo Regulador fomentará y promoverá acciones tendentes a la selección y mejora de las abejas de raza autóctona, la constitución de asentamientos y el dimensionamiento óptimo de las explotaciones. Las instalaciones de la explotación serán supervisadas por el Consejo Regulador.