Circular con la bicicleta por carretera entraña riesgos que pueden evitarse siguiendo consejos y normativas como las que resumimos en esta Noticia de Seguros de Bicicleta. En otra de nuestras Noticias de Seguros de Bicicleta ya te contamos algunos consejos para circular con la bicicleta por carretera. En este nuevo artículo, continuamos resumiendo la regulación existente y recogiendo algunos consejos más.
¿Puedo llevar pasajeros cuando circulo en bicicleta?
Llevar pasajeros en una bicicleta es peligroso, más aún si nos encontramos circulando en vías interurbanas. Sí podrás llevar a un menor de siete años - siempre y cuando tú, conductor, seas mayor de edad - que viaje en una sillita debidamente homologada, así como con un casco apropiado.
¿Y si me llaman al móvil mientras circulo con la bicicleta por carretera?
Pues tendrás que ignorarlo o detener la marcha en un lugar seguro para contestar, porque hablar por el teléfono móvil en bicicleta, así como el uso de auriculares, está prohibido y sancionado.
¿Cómo actúo si tengo que hacer una maniobra?
Señalizando en todo momento y anticipándote todo lo que puedas. Cuanto antes sepan quienes te rodean o te siguen lo que necesitas hacer, más segura será tu maniobra y la de quienes deban esquivarte. Si vas a girar a la derecha, tendrás que levantar el brazo derecho y mantener hacia abajo la palma de la mano, o levantando el brazo izquierdo y girándolo hacia arriba, aunque puede que este movimiento te haga perder estabilidad. Si vas a girar hacia la izquierda, el gesto es al revés. No obstante, si la vía por la que circulas es de doble sentido, puede que vengan vehículos del lado contrario y, además, deberás invadir por completo el carril por el que circulas para lograr hacer la maniobra. Por ello, en caso de girar a la izquierda con la bicicleta en una vía con doble sentido en la que esté permitido dicho giro, debes pegarte al máximo al eje central de la carretera. Si el giro no estuviera permitido, deberás desplazarte a la derecha del todo en tu carril e iniciar desde ahí el giro. En caso de que precises detenerte de forma brusca, la señalización correcta es la de levantar y bajar con rapidez cualquiera de tus brazos.
En caso de girar a la izquierda con la bicicleta en una vía con doble sentido en la que esté permitido dicho giro, debes pegarte al máximo al eje central de la carretera
¿Puedo circular al lado de mi compañero con la bicicleta?
Sí, puedes circular en bicicleta en paralelo, pero podréis hacerlo siendo un máximo de dos personas en paralelo, siempre y cuando las condiciones de la vía sean las adecuadas (no haya retenciones, tráfico complicado...) y sin suponer un obstáculo para el resto de vehículos.
Si lo que pretendes es adelantar, no olvides que debes mantener una distancia de un metro y medio con respecto al vehículo al que adelantes, la misma que tienen que mantener coches y motos cuando pretendan adelantarte a ti.
¿A qué velocidad máxima puedo circular en bicicleta por carretera?
Cada vía tiene unos límites de velocidad fijados, que nunca superan los 45 km/h, velocidad máxima a la que está establecido que puede circular una bicicleta.
¿Y qué ocurre con el alcohol?
Pues lo mismo que con el resto de vehículos, que no solamente es tremendamente peligroso circular bajo los efectos del alcohol o las drogas, sino que también conlleva una sanción. No podrás superar los 0.5 g/l de alcohol en sangre, 0.25 mg/l de aire espirado.
¿Perderé puntos del carnet de conducir si cometo una infracción con mi bicicleta?
No. Para circular en bicicleta no es necesario disponer de un carnet de conducir, por ello, en ningún caso podrás perder puntos del carnet circulando en bicicleta.