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Actualidad | Cantabria

El Consejo Regional de Caza de Cantabria planifica la temporada 2018-2019

El Consejo Regional de Caza de Cantabria planifica la temporada 2018-2019

El consejero de Medio Rural, Jesús Oria, anuncia que mañana termina la suspensión de la caza menor

El Consejo Regional de Caza de Cantabria, reunido en sesión ordinaria, bajo la presidencia del consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, Jesús Oria, ha informado del proyecto de la Orden Anual de Caza para la temporada cinegética 2018-2019 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.

En la sesión han estado presentes representantes de las sociedades de cazadores, Federación de Caza, ayuntamientos y asociaciones conservacionistas, además de técnicos de la Consejería de Medio Rural. El Consejo Regional es, según la Ley de Caza de Cantabria, el órgano asesor de la Consejería en materia cinegética y, entre otras funciones, tiene la de informar las normativas que, como la Orden Anual, constituyen la base de la planificación de la caza en la región con el objetivo de hacerla compatible con la conservación de la biodiversidad y con otros usos del territorio.

La Orden regula la práctica de la actividad venatoria durante la temporada cinegética 2018-2019, que comienza el 1 de abril, mediante la determinación de las especies cinegéticas que podrán ser objeto de caza, las regulaciones y los períodos hábiles para las distintas especies, las modalidades de captura permitidas, los criterios generales de aprovechamiento y las medidas de seguridad en las cacerías, entre otros aspectos. Esta Orden no se aplica en la Reserva Regional de Caza Saja, que se regirá por su Plan Anual de Caza.

Períodos hábiles de caza 2018-2019

1. Becada y paloma torcaz:
a) Caza de becada y paloma torcaz: Desde el 12 de octubre de 2018 al 10 de febrero de 2019 (ambos incluidos).
b) Perreo de becada: Desde el 17 de febrero al 10 de marzo de 2019 (ambos incluidos).

2. Liebre. Se establecen dos períodos:
a) Caza de liebre. Desde el 12 de octubre al 23 de diciembre de 2018 (ambos incluidos).
b) Perreo. Desde el 12 de octubre de 2018 al 27 de enero de 2019 (ambos incluidos).

3. Zorro. Desde el 12 de octubre de 2018 al 10 de febrero de 2019 (ambos incluidos).

4. Perdiz roja. Desde el 12 de octubre al 23 de diciembre de 2018 (ambos incluidos).

5. Resto de especies de caza menor. Desde el 12 de octubre de 2018 al 27 de enero de 2019 (ambos incluidos).

6. Jabalí y lobo:
a) Caza del jabalí y del lobo: Desde el 2 de septiembre de 2018 al 10 de febrero de 2019 (ambos incluidos).
b) Perreo del jabalí: Desde el 1 de julio hasta el 28 de agosto de 2018, ambos inclusive, y desde el 2 hasta el 28 de marzo de 2019, ambos inclusive.

7. Corzo. Se establecen tres períodos de caza:
a) Del 31 de marzo al 1 de julio de 2018 (ambos incluidos). Durante este primer período podrán cazarse corzos machos en la modalidad de rececho.
b) Del 2 de septiembre al 7 de octubre de 2018 (ambos incluidos). Durante este segundo período podrán cazarse corzos macho en la modalidad de rececho.
c) Del 10 de enero al 10 de febrero de 2019 (ambos incluidos). Durante este tercer período se podrán cazar corzos hembra, tanto en la modalidad de rececho como en la de batida.

8. Venado. Desde el 2 de septiembre al 30 de diciembre de 2018 (ambos incluidos).

Días y horario hábil de caza

Con carácter general, en el período hábil para la caza tanto mayor como menor, únicamente se podrá cazar los martes, jueves, sábados, domingos y festivos, tanto de ámbito nacional como regional.

Los recechos de corzo y de venado (machos o hembras) podrán realizarse los jueves, viernes, sábados y domingos, y festivos, tanto de ámbito nacional como regional, dentro de los respectivos períodos hábiles. Por su parte, el perreo de la becada solo se podrá realizar los domingos del período hábil para esta modalidad.

El horario hábil en la temporada general de la caza menor y para las batidas de caza mayor será el comprendido entre las 8.00 y las 18.30 horas, en los meses de septiembre y octubre, y entre las 8.30 y las 17.30 horas. El horario hábil para recechar será el comprendido entre una hora antes de la salida del sol y una hora después de su puesta.

Prevención y control de daños

Con objeto de prevenir y controlar en la medida de lo posible los daños producidos por las especies cinegéticas, y con independencia del aprovechamiento autorizado en el Plan Técnico de Aprovechamiento Cinegético de cada coto, los titulares de los terrenos cinegéticos podrán solicitar a la Dirección General del Medio Natural el incremento de los aprovechamientos de las especies cinegéticas causantes de dichos daños. Además, en el Consejo se acordó incrementar en la medida de lo posible el número de batidas de jabalí en los cotos de las zonas costeras para reducir de esta forma la densidad de la especie en estas áreas.

Media veda

Respecto a la de media veda, la Consejería aceptó la propuesta de los representantes de los cazadores de retrasar la apertura, y en la misma medida, retrasar el cierre, de forma que los días hábiles para la caza de la codorniz, la paloma torcaz, la urraca y la corneja negra serán los en los siguientes: 26,28 y 30 de agosto, y el 1 y 2,4, 6, 8 y 9 de septiembre de 2018.
Por otro lado, el horario hábil de caza durante la media veda será el comprendido entre las 6:45 y las 21:15 horas.

Levantamiento de la suspensión de la caza menor

La Consejería informó al Consejo Regional de Caza del levantamiento de la suspensión de la caza menor a partir de las 0:00 horas del jueves día 15, fecha en la que se publicará la correspondiente resolución del director general del Medio Natural.

La caza menor se suspendió temporalmente el pasado 3 de febrero ante las previsiones de ola de frío que había difundido la AEMET y ante el riesgo que las mismas determinasen la concentración de aves migratorias en las zonas libres de nieve y, por tanto, las condiciones propicias para una elevada mortalidad debida a la caza.

Con el cambio de la situación meteorológica y vistas las previsiones de la AEMET, se considera que tal riesgo ya no existe, por lo que a partir de este jueves volverán a ser de aplicación las normas relativas a la caza menor contenidas en la Orden Anual de Caza y el Plan Anual de Caza de la Reserva Regional de Caza "Saja" para la temporada cinegética 2017-2018, por lo que la única actividad cinegética permitida en la caza menor es el perreo de becada, modalidad en la que está prohibido portar armas.