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- 07/10/2024
- Vive Campoo | Reinosa
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha dado la razón a los sindicatos CCOO y USO y ha reconocido que la plantilla de Reinosa Forgings & Castings "debe disfrutar del permiso por circunstancias familiares graves durante cinco días hábiles y no naturales, como interpretaba la empresa apelando al convenio colectivo, que recoge la regulación de estos permisos", según ha informado la Federación de Industria de Comisiones Obreras.
El sindicato, que presentó la demanda de conflicto colectivo frente a la empresa y el Comité de Empresa, compuesto por UGT, USO y CSIF, ha llegado a los juzgados "tras varios intentos de negociación con la empresa para la interpretación de estos permisos, que resultaron fallidos, y una mediación sin avenencia en el ORECLA el pasado mes de noviembre", ha subrayado Julián Macho, delegado de la sección sindical de CCOO y presidente del Comité de Empresa de Reinosa Forgings & Castings.
Tras esta victoria judicial, los días de permiso retribuido de las más de 500 personas que forman la plantilla de la planta campurriana darán comienzo en el primer día laboral y durante cinco días laborales. En este sentido, Macho ha apuntado que "esta sentencia ha llegado tras un recurso a la sentencia previa en el Juzgado de lo Social que nos dio parcialmente la razón el 24 de enero de 2024, reconociendo que el primer día de permiso debía ser laborable, y ahora lo serán también los cuatro siguientes".
"Se trata de una sentencia muy importante para aclarar criterios sobre la interpretación de los permisos y ensanchar los derechos de las personas trabajadoras de la empresa, que han visto rechazados sus permisos desde la entrada en vigor del Real Decreto que incorporaba nuevas medidas de conciliación el 30 de junio de 2023", ha incidido Macho, quien ha aclarado que "la empresa aún tiene opción de recurso, pero hemos dado un paso fundamental para la plantilla de esta empresa y, también, de otras".
Asimismo, desde USO han explicado que el litigio surgió por la interpretación del artículo 17.4 del convenio colectivo de aplicación, que regula los permisos por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares. "La empresa aplicaba dichos permisos como días naturales, comenzando a contar desde el mismo día del hecho causante, limitando así el tiempo de descanso de los empleados. USO y CCOO defendieron que estos días debían ser días laborables, tal y como establece la normativa vigente", han puntualizado desde la Unión Sindical Obrera.
En su sentencia, el TSJC declara que el cómputo del permiso debe realizarse en días laborables y no en días naturales, como inicialmente aplicaba la empresa. Esta decisión garantiza que los trabajadores puedan disfrutar plenamente de su derecho a ausentarse del trabajo para atender situaciones familiares graves sin que se vean perjudicados por el uso de días no laborables.
"La sentencia refuerza la protección de los derechos de los trabajadores, destacando la importancia de aplicar correctamente los convenios colectivos en favor de los empleados", algo que desde USO Industria Cantabria han valorado positivamente y se ha instado a la empresa a ajustar sus procedimientos conforme a la resolución judicial.
"Esta victoria sindical asegura que los empleados de Reinosa Forgings & Castings S.L. puedan disfrutar de sus permisos con justicia y equidad, sentando un importante precedente para futuras interpretaciones de los derechos laborales en la región", concluye USO en su nota de prensa.