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Actualidad | Campoo de Enmedio

Celada Marlantes celebra el fallo del TSJC sobre la demanda de Peña Labra

Juan Luis Ruiz asegura que Vestas está abonando el canon "religosamente"

El presidente del concejo abierto de Celada Marlantes (Campoo de Enmedio), Juan Luis Ruiz, se ha congratulado este viernes de que el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria "haya cerrado definitivamente" las demandas de Peña Labra sobre los terrenos donde se asienta el molino de Vestas.

Ruiz, que es secretario del PSC-PSOE en Campoo de Enmedio, ha hablado en una rueda de prensa del fallo judicial que ha rechazado el recurso que la compañía eléctrica Peña Labra había presentado para reclamar derechos sobre los terrenos del Monte Cotío, donde está instalado el molino de Vestas.

Se trata de una parcela de ese monte que Vestas ha arrendado al concejo y donde esta empresa instaló su aerogenerador experimental, a cambio del pago de un canon que se está abonando "religiosamente".

Ruiz ha destacado su satisfacción por el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ante el recurso de apelación presentado por el concejo, ya que estima totalmente sus alegaciones.

La sentencia

La resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC basa la revocación de la anulación del contrato de arrendamiento entre el Concejo y la empresa Vestas de la parcela del Monte Cotío donde se instaló aerogenerador experimental en que la empresa Peña Labra lo recurrió "fuera de plazo".

En esta sentencia se revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander que anulaba este contrato suscrito el 18 de noviembre de 2009 entre el Concejo y Vestas al admitir parcialmente un recurso de la compañía eléctrica Peña Labra.

La compañía eléctrica Peña Labra recurrió el contrato al entender que había existido "ausencia total" de procedimiento de preparación y adjudicación del arrendamiento o cesiones de bienes públicos, lo que, a su juicio, constituye "un vicio de nulidad de pleno derecho".

Sin embargo, el TSJC revoca la anulación al considerar que el recurso de Peña Labra fue presentado "fuera de plazo", el 27 de octubre de 2010, cuando hacía más de dos meses que conocía el contrato, por lo considera que la "extemporalidad" que reclamaban el Concejo de Celada Marlantes y Vestas, y que fue rechazado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Santander.

Tras analizar la documentación aportada, la Sala tiene "convencimiento" de que la compañía eléctrica Peña Labra tuvo "conocimiento fehaciente" del contrato de arrendamiento entre el Concejo y Vestas en julio de 2010, más de dos meses antes de cuando presentó el recurso, en octubre de ese año.

Por ello, admite los recursos de apelación interpuestos por Vestas y el Concejo contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Santander y revoca la anulación del contrato de arrendamiento.

Dado que el recurso fue presentado, según la Sala, "fuera de plazo" no se entran a analizar el resto de motivos opuestos ni el fondo de la cuestión.