La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación convoca las subvenciones para actuaciones dirigidas a la prevención de daños producidos por lobo ibérico y oso pardo para el año 2016, para aquellas personas físicas o jurídicas que, en el momento de la presentación de la solicitud, sean titulares de una explotación ganadera o apícola radicada dentro del área de distribución del lobo ibérico y el oso pardo en Cantabria.
No podrán concurrir a la presente convocatoria aquellas personas físicas, entidades, empresas o asociaciones que hayan sido condenadas por delito o falta o sancionadas por infracción administrativa relacionada con el medio ambiente.
Las ayudas están dirigidas a financiar las actuaciones orientadas a prevenir los daños producidos a la ganadería y a la apicultura por lobo ibérico y oso pardo en la Comunidad Autónoma de Cantabria. La financiación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria se efectuará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2016, con un importe máximo de 150.000 euros.
Subvención por solicitante
Para la protección de colmenares mediante cerramientos o mallas electrificadas se subvencionará con 1.000 euros por solicitante. Por mantenimiento de perros mastines para la defensa del ganado ovino y caprino, la cantidad destinada es de 300 euros por mastín hasta un máximo de 5 mastines según el número de cabezas de ganado. La construcción de cercados para la defensa de ganado ovino y caprino se subvencionará con 3.000 euros. Las subvenciones que se otorguen al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquier ente público o privado, nacional o internacional.
Plazo de solicitudes
En el caso de que un mismo interesado desee solicitar subvención para varios proyectos distintos, deberá presentar una solicitud para cada uno de ellos, teniendo en cuenta que la cuantía global máxima por solicitante no podrá superar la cantidad indicada en el dispongo sexto. Por el contrario, no podrán presentarse solicitudes separadas para distintas fases de un mismo proyecto, ya que éste debe constituir una obra completa. Cuando la subvención solicitada sea de cuantía inferior al importe total del proyecto al que se refiere, en la memoria explicativa se indicará la partida de su presupuesto a que se destinará aquella.
La documentación que deberá acompañar a la solicitud será la original o copia debidamente legitimada por notario o funcionario público, pudiendo los interesados aportar conjuntamente con la misma una fotocopia para su cotejo y devolución sellada, de acuerdo con el artículo 38.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOC del extracto de la presente convocatoria.