El pasado mes de julio se publicó en el BOE una modificación en el Reglamento General de Circulación por el cual cambian las normas sobre cómo debemos llevar a los menores en nuestro vehículo.
Los principales cambios en este Reglamento General de Circulación que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre son:
-La normativa se fía de los fabricantes de los sistemas de retención infantil, por lo que para colocar la silla en el coche será obligatorio seguir las instrucciones del fabricante, y no será obligatorio colocarla en sentido de la marcha o al opuesto. Solo existe una excepción: si la silla se ubica en el asiento delantero y el airbag está activado, nunca podremos colocarla en sentido contrario a la marcha.
-Viajando por ciudad en taxi, no es necesario que los niños vayan sentados en sillitas especiales, pero siempre deberán hacerlo en la parte trasera del vehículo.
-Si el niño mide menos de 1,35 metros y es menor de 18 años de edad, deberá ir siempre montado en el asiento de atrás, salvo en el caso de que los asientos traseros estén ocupados por sillitas para niños. Si se produce esta situación, el niño podrá ir sentado delante, pero siempre con una sillita adecuada para su peso y altura y, por supuesto, homologada.
-Cuando el vehículo tenga capacidad para más de 9 pasajeros, como los autobuses, el conductor o responsable del grupo tendrá la obligación de informar a los pasajeros, ya sea mediante carteles o medios audiovisuales, de la obligatoriedad de llevar abrochado el cinturón de seguridad o el sistema de retención que corresponda.
-Esperamos que esta información sobre cómo deberás llevar a los niños en el coche a partir del 1 de octubre te resulte útil para cumplir con la normativa y para conseguir que los más pequeños de la casa viajen con seguridad.