El Ayuntamiento de Valdeolea ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Abastecimiento de Agua, tras haber transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido reclamaciones.
Para el aprovechamiento particular del abastecimiento de agua en sus dos modalidades (particular e industrial), según la ordenanza, será necesaria la autorización previa de este Ayuntamiento, a cuyo efecto se solicitará ésta mediante la presentación de la correspondiente instancia en las oficinas municipales. Para la tramitación de la autorización a la toma de agua para usos domésticos será necesario presentar por el interesado la Cédula de Habitabilidad del Ministerio de la Vivienda y licencia de primera ocupación.
En el caso de usos industriales comerciales, se presentará licencia de apertura, y si se tratase de un suministro por obras tiene que tener la correspondiente Licencia Municipal de Obras. Por cada torna de agua que se realice a partir de la entrada en vigor de la presente ordenanza, se abonará al Ayuntamiento la cantidad de 48,08 euros, no pudiendo realizar la toma sin este requisito.
Todos los usuarios, y así está recogido en la ordenanza quedan obligados a proveerse del correspondiente contador de agua, a su costa, y adquiriendo la propiedad del mismo que deberá ser individualizado por cada vivienda o local. El contador será colocado en un sitio visible y de acceso al público, y si ello no fuese posible, se instalará en una hornacina sita en lugar de acceso al público.
Respecto de aquellos usuarios que no tengan instalado el contador de agua preceptivo, se procederá, previa audiencia al interesado, al corte de la toma de agua. También a todo vecino que haga derroche de agua o se considere que está perjudicando al resto del vecindario con actividades como pueden ser: regar o llenar piscinas, el Ayuntamiento le podrá cortar el suministro en periodos de carencia de agua. Dicha carencia de agua se dará a conocer oportunamente mediante bandos municipales.
EI servicio municipal de abastecimiento de agua tiene por objeto abastecer las necesidades de la población, por lo que las concesiones de agua para usos industriales, agrícolas o de riego, se harán siempre en el caso de que las necesidades de abastecimiento a la población sean cubiertas y estas lo permitan.
Además, como ya adelantó Vive Campoo, hace unos meses la Corporación de Valdeolea aprobó, a propuesta del regidor municipal, Fernando Franco, la modificación de diversas ordenanzas fiscales reguladoras de impuestos y tasas municipales.
Así, se han establecido las tasas por prestación de la ocupación de la vía pública con puestos de venta ambulante, barracas, espectáculos y atracciones de recreo.
Terrenos de uso público
La corporación ha establecido el pago de 90 euros anuales, por puesto de venta ambulante en el mercadillo semanal de Mataporquera. Esta cantidad será de 45 euros anuales, por puesto de venta ambulante itinerante. Para el resto de usos, se cobrará la cantidad de 0,60 euros por metro cuadrado y día de ocupación.
Respecto a las tasas por la prestación del servicio de la piscina municipal se liquidarán conforme a una tarifa diaria de 2 euros. El pase por temporada se ha establecido en 25 euros; cantidad que se incrementa hasta los 65 euros para familias con tres o más miembros. Por su parte, las tasas por la prestación del servicio del gimnasio municipal son de 2,5 euros por día. El abono mensual y trimestral se ha dispuesto en 10 y 50 euros respectivamente.
Por último, la corporación ha establecido las normas de funcionamiento interno de la piscina, que se ubica dentro del complejo deportivo del Bao en Mataporquera a orillas del río Camesa. El reglamento define el aforo máximo, la temporada de baños y, el horario de apertura y cierre, que será de las 12 del mediodía a las 19.30 horas de la tarde.