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Actualidad | Aguilar de Campoo

Aguilar de Campoo publica los requisitos para instalar un puesto en el mercado de los martes

Los comerciantes deben abonar la tasa correspondiente y tener en su posesión la tarjeta expedida por el Consistorio

De acuerdo con la Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante de Aguilar de Campoo y para información de los titulares de autorizaciones para la venta en el mercado de los martes, vigentes para el año 2018, el Consistorio aguilarense, que dirige, María José Ortega, anuncia los requisitos establecidos.

Para la instalación del puesto es imprescindible el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza y haber abonado la Tasa correspondiente, según liquidación practicada por el Ayuntamiento y que para el año 2018, se ha mantenido sin incrementos. Otro de los requisitos es tener en posesión de la Tarjeta expedida por el Ayuntamiento que acredita la autorización concedida.

El Consistorio aplicará una tarifa obligatoria, con carácter trimestral de 41,06 euros, con un mínimo de 3 metros cuadrados; siendo los trimestres naturales. Si el pago se hace con carácter anual, es decir, abono del importe anual en un solo pago, se reducirá el mismo en un 50 por ciento. Si el pago se hace con carácter semestral, la reducción del mismo será de un 25 por ciento.

El pago se realizará a través de una Entidad Bancaria, con anterioridad al 31 de enero de 2018, calculando la cuantía según los metros de ocupación del puesto y descuento, en su caso. La colocación del puesto será delimitada por el Agente de la Policía Local y en ningún caso se desarrollará debajo de los soportales de la Plaza.

El Consistorio recuerda que, a los efectos de lograr un más eficaz control de las actividades de venta ambulante se recuerda, la obligatoriedad de recoger y dejar ordenadas las basuras procedentes de la actividad al final de cada mercado semanal. Además, de colocar en lugar visible al público, la tarjeta de autorización, expedida por el Ayuntamiento, para la venta ambulante (tanto del titular como de los colaboradores).

El montaje de los puestos de venta ambulante se finalizará antes de las 10 horas durante los meses de verano y, antes de las 10,30 horas durante el resto del año, no pudiéndose montar ningún puesto después de dichas horas, salvo autorización expresa del agente de la Policía Local al cargo del mercado. Su recogida de los puestos se realizará obligatoriamente entre las 14 y las 15 horas, durante todo el año.

No se permitirá el estacionamiento de los vehículos propiedad de los titulares de los puestos de venta ambulante dentro de las calles donde discurra el mercado, excepto los autorizados para realizar la venta desde su vehículo.

En cualquier momento el Ayuntamiento podrá solicitar a los titulares de los puestos o estos podrán presentar voluntariamente, la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ordenanza y su incumplimiento supondrá la revocación de la autorización.