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¿Qué vehículos se puede conducir con el carnet tipo B?

¿Qué vehículos se puede conducir con el carnet tipo B?

La licencia de conducción más común en España

La licencia de conducción más común en España es el carnet tipo B, que es el que permite a quien lo obtiene conducir un coche. Pero este carnet habilita al conductor a manejar otros vehículos:

Ciclomotores y motocicletas

El carnet B habilita para la conducción de los mismos ciclomotores que pueden conducirse con el permiso AM y, además, cuando ya se cuenta con 3 años de experiencia con el carnet B, para la de las motocicletas para las que habilita el carnet A1.

Saber más sobre permiso AM y carnet A1.

Vehículos con tres ruedas

Los triciclos a motor o motos de tres ruedas, siempre y cuando dos de ellas estén en el mismo eje, también pueden conducirse con el carnet de tipo B, sin existir límites en cuanto a su cilindrada o su potencia. La condición imprescindible es que el triciclo haya sido homologado como vehículo de tres ruedas y, por tanto, cuente con freno de estacionamiento y una anchura de vía mínima, entre otros detalles.

Si el triciclo estuviera homologado como moto de tres ruedas en lugar de como vehículo, solamente podrá ser conducido con el carnet B si su cilindrada no supera los 125 cc y su potencia no sobrepasa los 20 CV.

Hay excepciones para ese requisito que dictamina que dos de las ruedas deben estar en el mismo eje: las motos con sidecar. En este caso, el carnet B habilita para conducir, tras tres años de experiencia, las que no superen los 125 cc y los 11 kW.

Vehículos con cuatro ruedas

Los microcoches que cuenten con homologación como cuadriciclo podrán ser conducidos por quien cuente con el carnet B, ya se trate de un cuadriciclo ligero o uno normal. Los quads homologados también pueden conducirse.

Los coches

El carnet B habilita para la conducción de cualquier tipo de turismo (todoterreno, deportivo, pequeño, grande...). No es la clase de turismo la que determina restricciones, sino su peso máximo y su número de plazas: 3.500 kg y 9 plazas máximo. Estas indicaciones aplican a las furgonetas también.

Además, ese peso máximo admitido en la ficha técnica del vehículo también tiene que ver con el remolque. Siempre y cuando el peso entre coche y remolque no supere dicha cifra, el conductor podrá manejarlos sin problema, pero existe una casuística concreta en lo que se refiere a permisos cuando vamos a conducir un coche con remolque si se sobrepasa dicho peso.

Esperamos que esta información sobre los distintos vehículos que puedes conducir si posees el carnet B te haya resultado de utilidad. No dudes en consultarnos sin compromiso si te queda alguna duda y, si tu carnet de conducir es tan importante para ti, no dudes en consultarnos sobre nuestra oferta en seguros de retirada carnet de conducir. Podrás proteger esa licencia tan indispensable en tu día a día por muy poco.