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Opinión

"La discriminación entre empadronados y no empadronados ha resultado ineficaz"

Foto: Google Maps

Humberto García, vecino de Olea, presentó y ganó un contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Reinosa por la tarifa incrementada que tuvo que pagar por el bono de la piscina cubierta

Con motivo de la reciente modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización de las Instalaciones Deportivas Municipales del Ayuntamiento de Reinosa, aprobada en el Pleno celebrado el pasado día 2 de agosto de 2018, y que supone la desaparición de la discriminación entre empadronados y no empadronados a la hora de cobrar dicha tasa, me gustaría expresar mi opinión sobre este asunto como demandante en el procedimiento judicial.

Me llamo Humberto, soy vecino de Olea, pueblo ubicado en el municipio de Valdeolea. El pasado año 2017 adquirí un bono para el uso de la piscina cubierta del Ayuntamiento de Reinosa, pagando por ello una tarifa incrementada por el hecho de no estar empadronado en el Ayuntamiento de Reinosa. Posteriormente recurrí ante el Ayuntamiento al no estar conforme con dicha tarifa, solicitando, por una parte, la devolución del importe pagado en exceso, y por otra, la anulación de la Ordenanza Fiscal que establece dicha tasa en razón del lugar de empadronamiento. La respuesta del Ayuntamiento de Reinosa fue negativa, desestimando mi solicitud, y mencionando que contra las Ordenanzas Fiscales no cabe otro recurso que el contencioso-administrativo a partir de su publicación en el BOC. Y así se procedió.

Los motivos de la impugnación de la Ordenanza Fiscal son: primero, vulnera el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española. Y segundo, incumple el artículo 150 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales que permite, en su apartado 2, la fijación de tarifas reducidas o bonificadas en beneficio de sectores económicamente débiles o grupos sociales vulnerables. Estos argumentos legales son ratificados por el Defensor del Pueblo, en la respuesta que da a una queja presentada por otra persona residente en la comarca campurriana, y que se puede consultar en este medio de comunicación.

Finalmente, el Ayuntamiento de Reinosa formula allanamiento, es decir, acepta los hechos y las pretensiones de la demanda poniendo así fin al litigio.

La discriminación entre empadronados y no empadronados se comenzó a aplicar en el año 2008, como medida disuasoria ante el descenso de empadronados, motivado en parte, por el acceso al descuento en el abono en la estación de esquí de Alto Campoo para los empadronados en el Ayuntamiento de la Hermandad de Campoo de Suso. Desde entonces se ha señalado como principal causa del descenso en el padrón a los vecinos que viviendo en Reinosa se empadronan en otros municipios para pagar menos impuestos o acceder a estos descuentos. Este abono es un acuerdo entre las administraciones de Cantur y el Ayuntamiento de Campoo de Suso, por el uso del suelo sobre el que se ubica la estación de esquí, similar al que recientemente han firmado Cantur y el Ayuntamiento de Reinosa, donde también hay personas empadronadas que no viven allí para poder acceder a la bonificación en el pase de esquí. Aun así, continúa descendiendo notablemente el número de empadronados en Reinosa, lo que muestra la ineficacia de la medida y revela que hay otras circunstancias estructurales que afectan al padrón municipal, como puede ser la crisis industrial.

En los años 80, Reinosa tenía algo más de 13.000 censados, y como consecuencia de una reconversión industrial dolorosa para toda la comarca por la pérdida de muchos puestos de trabajo, su población ha ido disminuyendo desde entonces, al igual que en el resto de municipios de la comarca. Desde el año 2000 hasta ahora, se han perdido alrededor de 400 puestos de trabajo, otra reconversión industrial, pero esta vez sin dolor a través de prejubilaciones que no se cubrían con nuevo personal. La oferta laboral de la comarca no está diversificada, es dependiente de un sector industrial obsoleto, y la juventud decide buscar otras opciones fuera de aquí. En mi opinión, esta es la principal causa del notable descenso del padrón, y el problema al que tienen que dar solución los cargos públicos electos, porque si no, la tendencia es a ir a peor, y ese camino lleva. Hay más causas, como la falta de vivienda o el derecho a los pastos del ganado en los pueblos, entre otros. Las acciones que se han de tomar para recuperar población, no se pueden reducir exclusivamente a alcanzar la cifra de los 10.000 censados para recibir más aportaciones económicas del Estado, que está muy bien, dejando recaer toda la responsabilidad en los "888 reinosan@sperdido@s", que así es como se llama la reciente campaña iniciada por el Ayuntamiento de Reinosa para sensibilizar a las personas que viven en Reinosa y no están empadronadas, para que se empadronen. O surge un compromiso político firme y real para resolver el grave problema del empleo en el sur de Cantabria, o la población seguirá descendiendo aceleradamente tanto en Reinosa como en el resto de la comarca.

Y a este carro también se ha subido el Ayuntamiento de Campoo de Enmedio, cobrando más por el uso de sus instalaciones deportivas a los no empadronados en su ayuntamiento. Pero no contento con ello, decide subvencionar el ocio y tiempo libre de sus vecinos sufragando parte del abono de la estación de esquí de Alto Campoo y de las piscinas de Reinosa, como si fuera una necesidad social prioritaria para gastar dinero público y sin conocerse la utilidad pública que justifique dicho gasto. En el caso de la rebaja en el abono de esquí en Alto Campoo para los empadronados de Campoo de Suso y en Reinosa, no existe discriminación hacia los vecinos de Campoo de Enmedio ni de cualquier otro ayuntamiento, ya que responde a un acuerdo entre administraciones por prestación de servicios.

En recientes declaraciones a la prensa, el alcalde de Reinosa, el señor José Miguel Barrio, afirmaba que "las leyes no siempre son justas, por eso han de contemplar exenciones", y así es, por eso las leyes ya incluyen exenciones en beneficio de sectores económicamente débiles o grupos sociales vulnerables, como personas con discapacidad, jubilados, menores de edad o familias numerosas, de tal forma que puedan acceder en igualdad a los servicios públicos. Eso sí es justo, porque favorece la oportunidad al acceso. Pero no tendría encaje la circunstancia de empadronamiento en un municipio, que constituye una diferencia de trato totalmente artificiosa e injustificada. Y también declaraba que "el mantenimiento de estas instalaciones se sufraga con impuestos de todos los reinosanos", afirmación que en mi opinión no es cierta. Los precios públicos que se fijan por el uso de instalaciones o servicios públicos deberían cubrir, como mínimo, los costes económicos originados por la realización de las actividades o la prestación de los servicios. Es, por lo tanto, el coste de la entrada que abona el usuario el que debe satisfacer los costes de mantenimiento y personal. Durante estos 10 años en los que ha estado vigente la discriminación en la Ordenanza Fiscal, los ingresos por la venta de entradas han disminuido en 300.000 euros, aproximadamente, al reducirse notablemente el número de usuarios, obteniéndose de esta manera menos recursos económicos para destinar al mantenimiento de las instalaciones. Si fueran los impuestos los que sufragan el mantenimiento, también se hubiera aplicado la discriminación en el uso de otros servicios públicos municipales como el cine o el teatro, donde no se aplicaba.

También se comenta mucho de que son los impuestos de los empadronados los que mantienen los servicios generales, y no es totalmente cierto. Por una parte está la asignación económica que el Estado aporta a cada municipio en función del número de empadronados, y por otra están los impuestos municipales que recauda cada Ayuntamiento, como el Impuesto de Actividades Económicas, el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, etc. Hay personas que no estando empadronadas pueden llegar a pagar más impuestos al Ayuntamiento que otras que sí lo están, bien por tener un negocio o por ser propietario de diversos bienes inmuebles. Además, no hay que olvidar que la construcción de muchas de estas instalaciones municipales, son cofinanciadas con fondos de Gobiernos Autonómicos y Fondos Europeos.

Evidentemente, mi opinión no es compartida por muchas personas, entre ellas los concejales del PRC, PSOE y PP del Ayuntamiento de Reinosa, que se manifestaron en contra de la modificación de la ordenanza. Pero como cargos públicos que son, tienen que cumplir la ley. Los concejales fueron apercibidos por escrito por el Secretario municipal de que la aprobación de dicha ordenanza era ilegal, y aun así lo hicieron, excepto REC. No se puede estar aludiendo al cumplimiento de la ley, por ejemplo, en el caso de Cataluña, y aquí hacer lo contrario.

Los empadronamientos ilegales para acogerse a beneficios fiscales, sanitarios o educativos son bastante habituales. Lo que quizás no sepan quienes realizan este acto irresponsable e insolidario es que están cometiendo falsedad en documento público, con penas de cárcel. No parece que merezca la pena por ahorrarse unos pocos euros en un impuesto. En estos casos, corresponde al ayuntamiento en el que se produce el falso empadronamiento denunciar este hecho. Pero también un ayuntamiento puede empadronar de oficio a aquellas personas que sospeche que no estando empadronadas viven en el municipio, a partir de 6 meses y un día. Este fraude en el padrón repercute negativamente en los servicios públicos que se ofrecen al ciudadano, ya que con menos recursos económicos hay que dar servicio al mismo número de personas, hasta que algún día no se puedan mantener los servicios y haya que reducirlos, momento en el que las personas que comenten el fraude se darán cuenta de que lo que han perdido vale mucho más que lo que se estaban ahorrando. Pero de esto no tenemos la culpa las personas que no vivimos y no estamos empadronadas en Reinosa.

Si en lugar de levantar muros se dedicaran más esfuerzos a tejer redes de cooperación nos iría mucho mejor a todos. Los vecinos del sur de Cantabria disfrutamos de diferentes servicios, públicos y privados, que se ofrecen en Reinosa, y también Reinosa se ve muy beneficiada de los atractivos turísticos de toda la comarca, que atraen a muchos visitantes que realizan compras en su comercio.

Espero que podamos seguir disfrutando de la playa de Santander, cuyo mantenimiento se realiza con sus servicios municipales, sin que nos cobren por ello. O que podamos ir a las piscinas de Herrera de Pisuerga cuando aquí sale el norte en verano, y nos sigan cobrando lo mismo que a un vecino de allí. O que los vecinos de Reinosa puedan disfrutar también en verano de la piscina de Mataporquera, capital de mi municipio, donde tampoco se les cobra más por no estar empadronados aquí.

Por Humberto García