Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso.
Puede obtener más información, en nuestra Política de Cookies.

Actualidad | Campoo

Cantabria subvencionará a los municipios de montaña las tareas de limpieza de sus viales

Cantabria subvencionará a los municipios de montaña las tareas de limpieza de sus viales

Foto: Meteo Campoo

La Orden trata de impedir el posible aislamiento o dificultad del tránsito de los vecinos de las zonas altas de la región

El Gobierno de Cantabria, por medio de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, ha publicado hoy en el BOC (Boletín Oficial de Cantabria) la Orden que convoca las subvenciones a los municipios ubicados en zona de montaña para colaborar en la financiación de la apertura y limpieza de viales de comunicación afectados por nevadas o heladas.

Las ayudas van destinadas a las actuaciones en los viales de carácter municipal, atendiendo al esfuerzo económico que estas tareas suponen para los ayuntamientos, actuaciones que se han tenido o se tienen que llevar a cabo entre el 1 de octubre de 2013 y el 30 de abril de este año.

Los beneficiarios serán los municipios de Cantabria de zonas de montaña, es decir, aquéllos que por su altitud y condiciones geográficas u orográficas sufren una especial incidencia de factores climatológicos como la nieve o el hielo, y que hayan contribuido con sus propios medios a la limpieza de los viales afectados.

El plazo de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la Orden y finalizará el próximo 31 de julio.

Criterios de valoración

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se tendrán en cuenta criterios como la extensión geográfica del municipio, el número de personas afectadas por las actuaciones de limpieza de la nieve, el carácter de las vías sobre las que se ha actuado (entramados urbanos, caminos ganaderos, de pueblos, barrios, etc¿), la duración de las actuaciones y la intensidad de las condiciones meteorológicas adversas.

En cuanto a la competencia para resolver las solicitudes, corresponderá al consejero de Obras Públicas cuando las subvenciones no excedan de 60.000 euros, y al Consejo de Gobierno en los demás supuestos, siempre teniendo en cuenta que la cuantía máxima será de 100.000 euros.

Según señala la Orden de subvenciones, éstas serán compatibles con otras para la misma finalidad, siempre que no superen en ningún caso el cien por cien del coste de la actividad.