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Actualidad | Cantabria

Cantabria concederá una prima de polinización a los titulares de explotaciones apícolas

Cantabria concederá una prima de polinización a los titulares de explotaciones apícolas

La Orden publicada en el BOC destina una ayuda máxima de 5.500 euros por apicultor

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 2 de junio de 2016, por la que se convoca una prima de polinización destinada a los titulares de explotaciones apícolas de Cantabria para el año 2016, con la finalidad de favorecer el sostenimiento de las colmenas en base a su importante papel en la función polinizadora y de aprovechamiento de los recursos naturales.

Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes que tengan la consideración de titulares de explotaciones apícolas, conforme se definen en el Decreto 87/2007, de 19 de julio, de Ordenación de las Explotaciones Apícolas en Cantabria­.

Para ello, deberán cumplir que la explotación esté inscrita en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Cantabria (REGA), y tener declaradas en dicho Registro un efectivo mínimo de 15 colmenas, debidamente identificadas con el número de registro y localizadas en asentamientos inscritos en el mismo (sin sobrepasar la capacidad máxima autorizada para cada uno de ellos), el día que finalice el plazo para la presentación de solicitudes de la prima.

También el titular de la explotación apícola deberá haber efectuado la declaración anual obligatoria, indicando el censo de colmenas presentes en la explotación a fecha 31 de diciembre del año precedente, antes del día 1 de marzo del año en curso.

La financiación del gasto de estas ayudas se realizará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2016, con un importe total máximo de 67.000 euros. La cuantía máxima a percibir por cada beneficiario será de 5.500 euros (11 euros por colmena, para un máximo de 500 colmenas).

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Ganadería, suscritas por el solicitante correspondiente o, en su caso, por su representante legal.